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Licencia municipal tipo A de establecimientos abiertos al público  Decreto 112/2010

 

Solicitud de licencia para actividades recogidas en el anexo I del Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, sometidas a licencia municipal de establecimientos abiertos al público o cualquier otra licencia prevista en la legislación, de establecimientos abiertos al público de competencia municipal, que incorpore un trámite de información pública y audiencia vecinal; en todos aquellos aspectos que no sean incompatibles con este régimen.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  1. Solicitud según modelo normalizado.

 

  1. Documento acreditativo de la aceptación de la deuda o liquidación efectiva de las tasas e impuestos correspondientes, según las ordenanzas fiscales vigentes.

 

Se requerirá: DNI, NIE o tarjeta de identificación fiscal del titular, poderes de representación con DNI/CIF de la persona autorizada, y alta del impuesto de actividades económicas o declaración censal (modelo 036).

  1. DNI, NIE o tarjeta de identificación fiscal del titular.

 

  1. En las solicitudes a nombre de una persona jurídica, escritura de constitución de la sociedad, poderes y DNI del representante.

 

  1. Relación de vecinos inmediatos, indicando el nombre, los apellidos y el domicilio, y también la clase de actividad que desarrollen, si son industrias, comercios o servicios.

 

  1. Declaración responsable de la persona titular donde se haga constar el compromiso de contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo y de disponibilidad de la finca o local.

 

  1. Informe urbanístico de compatibilidad, que acredite la adecuación de la solicitud al planeamiento urbanístico, emitido por los servicios técnicos municipales.

 

  1. Proyecto técnico, con el contenido mínimo previsto para la normativa sobre prevención y seguridad en materia de incendios, sobre prevención y control ambiental y estudio de impacto acústico según corresponda en función de las características del establecimiento y de las actividades a desarrollar.

 

  1. Memoria de seguridad, memoria de movilidad o estudio de evaluación de la movilidad generada, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia sanitaria, redactados respectivamente de conformidad con lo que dispone el decreto 112/2010, si ocurre, y siempre que sus contenidos no se hayan incorporado en el proyecto técnico en que hace referencia el apartado anterior. (Excepto establecimientos de restauración)

 

  1. Los establecimientos sujetos a informe previo de seguridad en caso de incendio por parte de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, tienen que presentar memoria y planos (en soporte informático y papel) acompañados de la hoja de resumen de los datos generales de la actividad (formulario SP01) y de la hoja de coincidencia entre el soporte informático y el soporte en papel (SP02). El contenido mínimo de la documentación técnica y los modelos de formularios se pueden encontrar a la web del Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya en el apartado "Áreas de actuación > Bomberos > Prevención de incendios" de www20.gencat.cat/portal/site/interior/

 

  1. Declaración de no contigüidad con vivienda, en establecimientos de restauración, sólo contigüidad lateral.

 

 

 

1. - Realizamos la primera visita sin ningún coste y le asesoráramos de todo el proceso para iniciar la actividad.

2. - Ejecutamos los proyectos necesarios así como los certificados finales.

3. - Tramitamos toda la documentación en los organismos competentes y realizamos el seguimiento del expediente hasta la obtención de la licencia de actividades